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Venta de Terrenos lujusos en Uruguay página 18

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U$S 1.750.000

Terreno en José Ignacio, Maldonado
1500

Lote en barrio privado en jose ignacio

Club de Mar Jose Ignacio Terreno 1500 m2 en el exclusivo Barrio Privado Club de Mar en José Ignacio Servicios que ofrece el barrio : 1 - Kids Club - Club de Niños * Actividades : tenis, piscina , manualidades, futbol, búsqueda del tesoro y otros. * Escuelita de Fútbol 2 - CLUB HOUSE – RESTAURANTE * Salón: para uso de todos los copropietarios e inquilinos de Club de Mar , TV 65 con DirecTV, Wi-Fi. * Piscina de Adultos * Restaurante Cantina de Mar 3 - SERVICIO DE PLAYA * Guardavidas y Playeros * Sombrillas y Reposeras 4 - TRANSPORTE EN CARRO ELÉCTRICO 5 - Estacionamiento Temporada 6 - CLUB DE TENIS * 6 canchas de polvo de ladrillo * Profesores a disposición a cuenta del interesado. 7 - CANCHAS DE PADDLE 8 - GIMNASIO 9 - SEGURIDAD * La copropiedad cuenta con sistema de vigilancia a cargo de una empresa privada las 24 hs del día todo el año y en temporada se refuerza la misma. Vigilantes en moto o cuatriciclo hacen recorridas internas y por el perímetro exterior permanentemente. El Club de Mar cuenta con cámaras de seguridad ubicadas en lugares estratégicos que ayudan a la prevención, para su mayor seguridad y tranquilidad. *Monitoreo de Alarmas 10 - D E A *La copropiedad cuenta con un - DEA - Desfibrilador Externo Automático y el personal del Club de Mar fue capacitado para su uso por la empresa Cardiomóvil. También contamos con botiquines de primeros auxilios en la Garita de vigilancia de la entrada, en la Playa con el guardavidas, en el Gimnasio-Club de Tenis y en el Kids Club 11 - RECOLECCIÓN DE RESIDUOS Capital Real Estate Referencia Interna : Tera-33687

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U$S 1.700.000

Terreno en Pinares, Maldonado
4365

Terreno en venta en pinares

Son 5 terrenos que conforman un total de 4.365 m2, teniendo uno de ellos 30 metros de frente sobre Ruta Interbalnearia. Transcribimos a continuación la normativa para la zona: a3) Zona 3.1.5.3. Laguna Oeste Límite definido por la poligonal: Ribera Oeste de la Laguna del Diario desde Rambla Costanera Dr. Claudio Williman hasta calle El Quijote. Calle El Quijote desde Ribera Oeste de la Laguna del Diario hasta Camino al Hospital Marítimo (Romeo y Julieta). Camino al Hospital Marítimo (Calle Romeo y Julieta) desde calle El Quijote hasta Ruta 10. Ruta 10 entre Camino al Hospital Marítimo hasta Ribera Oeste de La Laguna del Diario. Rige para esta zona la misma ordenanza que para la Subzona 3.1.5.2 Costanera y Ribera Oeste de la Laguna del Diario quedando sin efecto el ítem b3) referente a las proyecciones de los edificios a la Rambla Costanera o la Laguna del Diario. Transcribimos la ordenanza para la subzona 3.1.5.2 b) Normas especiales: b1) En las construcciones que se realicen en la costa de la Laguna del Diario, el nivel principal debe situarse a un metro por encima de la línea de máxima creciente. b2) Se autorizan Bloques Bajos. b4) Bloque aterrazado: En caso de optar por una propuesta arquitectónica en la que cada una de las plantas altas cuente con gálibo de 45°, podrá utilizarse un FOS de 30% en Planta Baja, debiendo todos los demás parámetros ajustarse a lo previsto precedentemente, incluyendo el FOT : 100%. (Decreto 3859 del ***). c) Dimensiones mínimas de predios: - Conjuntos de unidades locativas aisladas o apareadas: 600 m2. por unidad locativa o par. - Bloque Bajo - área 1800m2 y frente de 30m. - Conjuntos de Bloques Bajos ? 1200m² por bloque y 30m de frente por bloque. d) Retiros mínimos: Frontales: - 10 m. sobre la Rambla Costanera - 6 m. para Bloques bajos sobre las calles transversales - 4 m. para el resto. Bilaterales: - 3 m. en Bloques Bajos y la suma del promedio de los retiros laterales debe ser Mayor a 8mts. - 2 m. en los restantes casos y la suma del promedio debe ser Mayor a 6 mts. De fondo: - 4 m. en Bloques Bajos - 3 m. en el resto e) Altura máxima: - 12 m. los bloques bajos (PB+3PA) - 7 m. unidades locativas aisladas o apareadas (PB + PA) f) Ocupación: Bloques: FOS SS: 40 % FOS. 25% FOS V: 60% FOT: 100% - Unidades Locativas aisladas o apareadas: Se rige por la norma general de la zona 3.1 Barrio Jardín. g) Salientes y cuerpos salientes: 1.50 m. excepto en bloques bajos que pueden llegar a 2m. h) Índice de ponderación: Decreto 3870: 0,6 (cero seis) Referencia Interna : Tera-761

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